Busca tu artículo o receta en el blog

Traductor

martes, 8 de diciembre de 2015

Subsidio para mayores de 55 años (Ayuda o desgracia? 2

Vamos a analizar detalladamente  esta NOTIFICACIÓN (sentencia) para ver detalladamente su contenido.
Se alega por parte del SEPE que según la información obrante  en este servicio público de empleo estatal, se han producido determinadas circunstancias que afectan a las prestaciones  del subsidio de desempleo para mayores de 55 años.
Y acto seguido se pronuncian en decir que se han superado el límite establecido de rentas
¿Qué tenemos que ser formales o informales? ¿Cómo es que llega a su conocimiento  y que según ellos se han superado el límite establecido de rentas?
Y por otro lado dicen que no se comunicó, seguramente anteayer de que ocurrieran los hechos, porque eso sería una buena comunicación para ellos si no se comunicó ¿por qué tienen ellos conocimiento?
¿Hay alguna ley que infrinja otra ley u otras leyes? Sí Las del SEPE
El Artículo 25 en su párrafo 1 de la constitución Española dice claramente:
1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.
Os explico yo no soy abogado, pero como ahora dispongo de tiempo, voy interesándome en las leyes y os explico por la virtud que me concede el ART. 20 de la ley antes comentada:
1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
Para poder explicaros esto claramente hemos de recoger las normas existentes antes de que se sacara esta nueva ley  hasta 2014 y para mayores de 55 años, ya que antes era para mayores de 52 años y era totalmente distinta en muchos de sus puntos, que como os comentaba al principio, si hay alguien que le gusta mucho variar las leyes, esos son los funcionarios del SEPE, aunque para ello infrinjan preceptos de otras leyes como puede ser  la DUDH (Declaración Universal de los derechos Humanos)que la infringen y bien infringida.
Cuando una persona  cobra este subsidio es porque, además de haber cumplido 55 años, tiene estas circunstancias:
1.-Se ha terminado la prestación contributiva (que tiene un máximo de 24 meses a cambio de 6 años de cotización y que son los mismos 24 meses si los años cotizados son 30).
2.- No percibe rentas de cualquier naturaleza superior al 75% del salario mínimo interprofesional, es decir, no supera los 483,98 euros/mes, y la renta media de la unidad familiar tampoco puede  superar esa cantidad. Aquí hay que hacer mención que en el subsidio de mayor de 52 no se recogía las rentas de  la unidad familiar, si no solo la del demandante, que lógicamente si no tenía ingresos, se lo concedían, pues este punto fue cambiado por los señores del SEPE para su beneficio y en pro y contra de los Derechos Humanos de las personas, como se recoge en su ART.25 de la DUDH
3.-Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social, esto es, haber cotizado al menos durante 15 años, dos de los cuales deberán estar dentro de los quince últimos. Aquí volvemos otra vez a transgredir  la DUDH privando a la persona del derecho al subsidio, bastante tiene la persona al no  haber podido trabajar los  últimos años, si está muerto le terminamos de rematar.
La modificación de requisitos que se hizo sobre el antiguo subsidio de 52 años y que lo convirtió en el “Subsidio para mayores de 55” provoca que en determinadas ocasiones aceptar un trabajo pueda significar perder la ayuda.
Y aquí viene lo más interesante, no quieres caldo toma tres tazas.
Se ha producido un cobro indebido, o como les gusta decir “DESCUBIERTO TOTALahora si que me acojonaron ya del todo , no tengo donde caerme muerto y me piden una cantidad que no podré pagar en lo que me quede de vida, ya que mis ingresos son 0 así como suena, es fastidioso tener que decir que vivo y como porque mi mujer trabaja, que no es mucho lo que gana pero de ello tenemos que vivir mis 2 hijos menores de 26 años, mi mujer pagos de luz, agua, comunidad en fin todos los gastos que pueda tener cualquier familia. Y ya van 4 meses sin coger ni un euro.
Ya que en este país parece ser que un simple funcionario tiene más poder que un Juez, ¡no me lo puedo creer¡ pero así es

Todo esto con 856 Euros escasos ¿Estos señores se pinchan o se grapan?
Seguiremos hablando en documentos posteriores ya que esto no tiene desperdicio, puedes hacer tus comentarios o vivencias si te ha pasado lo mismo, gracias.

Subsidio para mayores de 55 años ¿Ayuda o desgracia?

Hola amigos, hoy que no puedo dormir desde hace días, ya que hay algo que influye en el sueño, martirizándome.
La historia de este relato 100 % verídico comienza hace 20 años, cuando a esta cabecita loca que tengo, se le ocurre contratar un plan de ahorro joven para mi hijo entonces con 4 años de edad, este plan se hizo para que mi hijo tuviera disponible para la mili (entonces existía), y no se viera como nos hemos visto muchos, condenados a vivir en un cuartel y sin un duro.
O bien para que si me salía universitario pagarse al menos los primeros cursos de universidad.
Os diré tengo actualmente 60 años, con un periodo de paro ya bastante largo, para mi desgracia, que entiendo será más, ya que estoy enfermo del corazón, y no es una enfermedad fácilmente curable, y que no me permite ejercer mi profesión de toda la vida.

Estaba cobrando un subsidio para mayores de 55 años, y digo ESTABA, porque al maravilloso SEPE que tenemos en este país se le ha ocurrido, la bonita gracia de quitármelo sin darme, ninguna opción  de defensa contra esta resolución, están acostumbrados estos del SEPE a decir y que nadie les contradiga, y si por X o por B ,sale una sentencia desfavorable al SEPE, como ellos  son el estado se permiten cambiar esa ley o párrafo que les salió desfavorable al día siguiente, dejando sin defensas al ciudadano, en este caso Mayor de 55 años.

El que suscribe solicitó el subsidio de desempleo para mayores de 52 años en su día  y con fecha 29/04/2010 ante la dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), cuya resolución fue aprobada, por carecer de rentas que no sobrepasaban el 75 % del SMI.
Pues bien el día 27/7/2015 recibo una NOTIFICACIÓN (Sentencia), y digo sentencia, porque al mes siguiente ya no se me paga el subsidio, y se me solicita el pago de 6006 euros, como podéis leer.


La podéis leer en la siguiente imagen, supongo que muchos de los que os encontráis en la misma situación, ya sea por una herencia, por rescate de un seguro de vida, tengáis conocimiento para vuestra desgracia de este tipo de comunicados, ya que este  copia pega , es bastante usado por ciertos funcionarios, donde quieren decir algo, pero no saben interpretarlos y como decía cierta abogada por la red, un artículo de ley puesto en manos, de un funcionario, que no tiene conocimiento de leyes ,su interpretación pudiera ser como una bomba de relojería, y pobrecito de aquel que caiga en manos de este funcionario.
Pues por desgracia a mí me ha tocado, es que soy un desgraciado total, que desgracia la mía.
Bien esta carta o NOTIFICACIÓN, parece más una tabla de multiplicar, por la cantidad de números que tiene rebuscados al máximo, con el fin claro de apabullar a quien la recibe.
Sinceramente reconozco que me acojonó.
Pero en fin dentro de una selva oscura por algunos sitios puede verse luz, y veo que me dan 15 días para alegar lo que creyere conveniente, UFF QUE RESPIRO, si leemos más abajo ellos disponen de 6 meses para contestar a tus alegaciones, si señores una ley bien aplicada que concede a una parte más privilegios que a la otra. A pesar de que ya estoy condenado antes de que me llegue  la NOTIFICACIÓN (Sentencia),

Pues bien continuando con este relato y aprovechando los 15 días contra 6 meses que me dan para hacer mis alegaciones, y os lo digo de verdad, nunca intentéis hacer por vuestra cuenta algo contra el SEPE, ya que tenéis todas las de perder, cuentan con los mejores abogados del Estado que pagan con lo que nos quitan en los aportes a la SS, Hacienda y otras entidades, además de putas pagamos la cama.
Asesorándome por un abogado conocido, hacemos el (los) pliegos de alegaciones, donde se le dan razones suficientes al SEPE, para demostrar que no tienen razón en lo que dicen, pero como ya os dije , estoy condenado de antemano, ya que me quitaron el subsidio al mes siguiente sin darme ni siquiera, tiempo a responder, pero ellos si cuentan con 6 meses reales. Bonita Ley para el que le parezca
No os perdáis la segunda parte, y ahora a esperar la contestación del SEPE si es verdad que se digna a contestar, aunque vistos los artículos puestos en mano de este funcionario, que lo tengo tachado con un viudo por la ley de protección de datos, ya estoy condenado y máxime cuando mandan un talón cheque para rellenar y deposite y menos mal que era sólo  NOTIFICACIÓN, la cantidad de 6000 y pico euros en una cuenta del Banco Santander que vaya usted a saber a quién pertenece, los ciudadanos en este país nos encontramos totalmente desprotegidos ante estas leyes echas única y exclusivamente para recaudar, pero seguramente estas leyes no se las aplican a los que están defraudando a diario y cantidades bastantes más importantes, si utilizaran solo la mitad de razones que nos dan a los pobres que no tenemos donde caernos muertos, a esta gente seguro que otro gallo cantaría y el ciudadano creeríamos más en ellos. Pero allá su conciencia y sobre ellos recaiga.
  

はじけるハートの足跡ブログパーツ

[PR]面白ツイート集めました